Derechos humanos y garantías constitucionales
Los
derechos humanos, es un tema de gran importancia en el orden jurídico nacional
e internacional, es por ello que a través de los años se han sumado esfuerzos
en pro de una mejor protección y garantía a los mismos. Es así como podemos
conocer además del derecho ya mencionado; los derechos fundamentales, garantías
individuales y garantías constitucionales, que en ocasiones se tiende a una
interpretación errónea de dichos conceptos llegándose a utilizar como sinónimos.
En nuestro orden jurídico, la
Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos, se reformó su título
primero “De las Garantías Individuales” para quedar de la siguiente manera “De
los Derechos Humanos y sus Garantías”, con lo cual se precisa el alcance y
tutela de dicho derecho humano.
Así, tenemos en primer lugar que con el
término derechos humanos se hace alusión a aquellos derechos que le
corresponden a todo ser humano por el simple hecho de poseer esa condición, es
decir, todos los habitantes de la tierra somos beneficiarios de determinados
derechos inalienables e imprescriptibles y vitales para desarrollarse de manera
digna en la interacción del día a día.
En segundo lugar, ponemos de manifiesto a
las garantías individuales; ésta hace referencia a la protección y tutela de
los derechos humanos; en otras palabras, los derechos humanos no solo quedan en
la pertenencia natural a cada individuo, sino que es necesaria su protección y
garantía a través del Estado. Reforzamos lo anterior con lo señalado en el
párrafo tercero artículo primero de la CPEUM:
Todas las autoridades, en el ámbito
de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y
garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad,
interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado
deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos
humanos, en los términos que establezca la ley.
Respecto a derecho fundamental se
entiende por aquel derecho que es gran importancia para los gobernados, con lo
cual se podría decir que se trata de una prerrogativa también necesaria para la
socialización sana y legal de la persona. Por otra parte, una garantía
constitucional, es precisamente esa garantía que el Estado brinda los gobernados a través del ordenamiento Constitucional;
por tanto podemos indicar que el derecho fundamental del individuo tiene
fundamento constitucional y de prevalecer lo señalado en dicho ordenamiento en
favor del respeto y protección de los derechos del individuo.
En suma, de acuerdo a la información
consultada para la realización del presente trabajo, se ha notado que tampoco
la doctrina ha llegado a un acuerdo
único respecto a lo que debe significar o incluir cada concepto señalado líneas
arriba. No obstante, los derechos a que la población en general le sea
inherente, deben ser protegidos y garantizados por la autoridad correspondiente.
Bibliografía:
Herrera
Ortiz, Margarita, Manual de Derechos Humanos, páginas 7-8, Editorial Porrúa, México,
2011.
Burgoa
I., Diversas Acepciones de Concepto de
Garantía, páginas 165-167 y 187.
Fix-Zamudio,
Hector, Introducción al estudio de la Defensa de la Constitución en el Ordenamiento
Mexicano, UNAM, México 1994.
Hernández
Cruz, Armando, Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo, Comisión de Derechos
Humanos del Distrito Federal.
Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 1º.
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